Partido Familia y Vida: tarjeta acreditativa del grado de discapacidad
El partido Familia y Vida, quiere informar a todos los ciudadanos y Mairena del Alcor...
ORDEN de 17 de marzo de 2011, por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su concesión.
(Resumen de la Orden)
Artículo 1. Objeto y finalidad.
2. La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad tiene como finalidad dar testimonio fehaciente del grado de discapacidad de su titular y servir como documento probatorio de dicha condición. Con el objetivo de acreditar la movilidad reducida en los casos en que fuese necesario, en la tarjeta figurará si la persona titular de la misma tiene o no atribuida dicha condición.
Artículo 5. Solicitud.
1. El procedimiento para la obtención de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad se iniciará a instancia de la persona que tenga reconocido un grado de discapacidad, mediante la correspondiente resolución, ya sea con carácter permanente o provisional, igual o superior al 33%, o bien a petición de quien tenga su representación legal. En este caso, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación acreditativa
de dicha representación
Artículo 6. Lugar y forma de presentación de la solicitud.
1. La solicitud de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad deberá presentarse, preferentemente, en el Registro de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de integración social de las personas con discapa cidad correspondiente al municipio donde resida la persona interesada o en el Centro de Valoración y Orientación de personas con discapacidad adscrito a dicha Delegación

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